Principiode razón suficiente. RESISTENCIA A LA AUTORIDAD: Bien jurídico protegido. Diferencias con el delito de atentado a la autoridad. Presupuesto de la figura. Características de la orden a la que el sujeto activo se resiste. INDIVIDUALIZACIÓN DE LA PENA- Facultad discrecional del tribunal de juicio: Estándar de revisión. Educación
Elartículo 556 del Código Penal castiga con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a dieciocho meses, a quienes se “resistieren o desobedecieren gravemente a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, o al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolle actividades
Laprincipal diferencia reside en el primer punto de los requisitos en lo que se refiere a “la resistencia activa grave”, de la cual entendemos que es la actividad por parte del sujeto activo que busca dificultar o impedir la actuación de la policía, pero no toda actuación que persiga dificultar una actuación profesional sea considerada como delito
Loshechos punibles que recoge este Capítulo consisten en la agresión o resistencia grave a la autoridad, sus agentes o funcionarios públicos. Especial conocimiento de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo debemos tener en relación a estos tipos delictivos, a la hora de examinar el supuesto concreto.
AGRAVANTES~ AMENAZAS ~ ATENTADO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD ~ CONDUCTA PENALMENTE TIPICA ~ DERECHOS DEL MENOR ~ GRADUACION DE LA PENA ~ INTERES SUPERIOR DEL NIÑO ~ PENA ~ PRISION DOMICILIARIA ~ PROCEDIMIENTO PENAL Tribunal: Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas
3 La ampliación del sujeto pasivo. Sin duda, el elemento más importante de la reforma de los delitos de atentado, resistencia y desobediencia a la autoridad, reside en la ampliación del sujeto pasivo de los mismos, tanto por las enormes dimensiones de dicha ampliación, como por las consecuencias políticas, jurídicas e incluso
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atentado y resistencia a la autoridad